Pueden solicitarlo las familias con hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024
El ‘Bono Nacimiento’ es una ayuda directa que concede la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León para que los padres afronten los primeros gastos de sus hijos recién nacidos o adoptados. Unos recursos que varían en función de la renta y del número de niños: las cuantías oscilan entre los 500 euros por el primer hijo de una familia de renta más alta y los 2.500 a partir del tercero en una familia de renta más baja. Un dinero que se entrega en forma de ‘Tarjeta Familia’ para que los progenitores realicen compras de productos relacionados con el bebé en los establecimientos adheridos. Se trata, en definitiva, de una medida de la Junta para el fomento de la natalidad en la Comunidad.
En El Espinar hay 3 establecimientos colaboradores
La Junta de Castilla y León ha publicado la convocatoria del ‘Bono Nacimiento’ correspondiente a este año, que pueden solicitar las familias con hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. El plazo para la presentación de la solicitud del ‘Bono Nacimiento’ es de tres meses desde la fecha de nacimiento o adopción. La solicitud se hará con el formulario que debe cumplimentarse a través de la Sede Electrónica de Castilla y León. Allí los interesados encontrarán toda la información sobre la convocatoria, los requisitos que deben cumplir los solicitantes y la documentación que deben aportar.
Los objetivos de esta medida que la Junta puso en marcha el año pasado son, además de fomentar la natalidad, ayudar a las familias y, de forma paralela, dinamizar y apoyar al comercio de la Comunidad.
53 establecimientos colaboradores en Segovia y 516 bonos en 2023
En la provincia de Segovia ya son 53 los establecimientos comerciales donde puede utilizarse la ‘Tarjeta Familia’ para adquirir bienes o servicios con los que cubrir las necesidades de un niño, como alimentación infantil, pañales, productos de higiene, ropa y accesorios, medicamentos y otros productos farmacéuticos y ortopédicos u otros bienes necesarios para la atención infantil. De estos 53 comercios, 33 se encuentran en la capital, 3 en Cuéllar, 3 en El Espinar, 3 en Palazuelos de Eresma, 2 en Riaza y uno en Boceguillas, Fuentepelayo, Fuentesaúco de Fuentidueña, La Lastrilla, Nava de la asunción, Navalmanzano, Navas de Oro, Ortigosa del Monte y Valseca.
En la convocatoria de 2023 se concedieron 516 bonos en Segovia, que han supuesto 865.500 euros en compras en alguno de los 53 establecimientos colaboradores en la provincia
La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha concedido, a fecha 31 de diciembre del pasado año, 516 bonos en Segovia con un importe total de 865.500 euros que las familias beneficiarias han utilizado en la adquisición de productos para los bebés en alguno de los establecimientos colaboradores en la provincia.
Las familias con niños nacidos entre el 29 de noviembre y el 31 de diciembre de 2023 todavía pueden pedir el ‘Bono Nacimiento’ -puede hacerse hasta tres meses después del nacimiento o la adopción- por lo que el cómputo de bonos correspondientes a la convocatoria del año pasado todavía crecerá sobre las cifras disponibles hasta el momento.
Modificaciones en 2024 para dotar de mayor seguridad la obtención de esta ayuda
La Junta ha modificado la orden reguladora de las bases de esta ayuda, que aclaran los supuestos en los que la adopción de un menor dará derecho a la obtención de la subvención y son aquellos casos en que los niños adoptados proceden del sistema de protección o de una adopción internacional. También se concreta la fecha a partir de la cual comienza el plazo para solicitar el ‘Bono Nacimiento’ por adopción, que será la correspondiente a la de resolución judicial firme que constituya la adopción.
En lo que respecta a los núcleos familiares compuestos, también se introduce una novedad: a partir de ahora, podrán contarse los vástagos de ambos progenitores para poder recibir la ayuda cuando se tenga un hijo en común. Y esta contabilización no es cerrada, ya que los hijos pueden tenerse en cuenta en dos familias compuestas, es decir, las que pueden integrar cualquiera de sus padres por separado.
Otra gran novedad de esta modificación de las bases reguladoras es la extensión del requisito del empadronamiento en un municipio de Castilla y León a los recién nacidos objeto de la subvención. Hasta ahora, era únicamente obligación de los padres. Una vez han entrado en vigor estos cambios, los hijos deberán estar inscritos en el padrón municipal para poder realizar la solicitud en los términos que establezca la convocatoria.
Estos cambios introducidos por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se han realizado con el objetivo de precisar las diferentes situaciones y dar respuesta a la casuística familiar en Castilla y León. De este modo, se podrá resolver cada caso con más garantías evitando situaciones de indefinición.